FIJACION DE TASA PARA EXPEDICION DEL PERMISO DE MENOR PARA VIAJAR, QUE APLICARAN LAS OFICINAS CONSULARES DE LA REPUBLICA, EN ARGENTINA, BRASIL, CHILE Y PARAGUAY
Cuando el documento sea expedido por la oficina consular, deberá indicarse en la actuación el numeral 55 del Arancel Consular, y cuando se trate de la legalización de un documento local, será indicado el numeral 66. En todo caso deberá hacerse referencia a lo dispuesto por el presente
decreto.