CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 29 INDUSTRIA DEL PLASTICO




Promulgación: 21/03/1986
Publicación: 23/06/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: el decreto del Poder Ejecutivo de fecha 24 de diciembre de 1985 por el que se fijaron retribuciones mínimas, categorías y demás condiciones laborales para el Grupo 29 "Industria del Plástico".

   Resultando: que al procederse a la instrumentación del referido decreto, trasladando al mismo el acuerdo de los sectores directamente interesados y a las directivas del Poder Ejecutivo, se incurrió en errores
que no reflejan fielmente el acuerdo de partes ni esas directivas.

   Considerando: que por las razones expuestas en el resultando debe procederse a efectuar las necesarias correcciones en el texto del citado decreto.

   Atento: a los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el decreto ley 14.791 de 8 de junio de 1978 y el decreto reglamentario 371/978 de 30 de junio 1978.

   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Modíficase el articulo 2 de dicho decreto en la parte referente a Sección Terminación en la categoría de Peón Práctico en donde dice N$ 845,91 debe decir N$ 545,91.

SANGUINETTI - RENAN RODRIGUEZ - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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