Estudio de pre-factibilidad
El proponente deberá acompañar su iniciativa con un estudio de
prefactibilidad que demuestre a ese nivel su viabilidad, el que deberá
incluir obligatoriamente y en el orden que se expresa:
a) Padrón o padrones donde se realizarían las obras, propiedad de los
mismos y su necesidad o no de expropiación total o parcial.
b) Estimación de demandas y su tasa de crecimiento anual, indicando el
porcentaje de variación esperada.
c) Inversión presupuestada y costos de operación, incluyendo el
porcentaje de variación esperada.
d) Análisis financiero a nivel de perfil.
e) Evaluación social a nivel de perfil, incluyendo las alternativas no
tarifadas que tenga el servicio que se propone.
f) Riesgos asociados a la iniciativa.
g) Condiciones económicas que podría tener el contrato a nivel
tarifario y/o de subsidio, pagos y contraprestaciones públicas que estima
necesarios.
h) Análisis ambiental que permita evaluar su impacto.
i) Todo otro elemento o dato que considere conveniente para la mejor
evaluación de la iniciativa.
En todos los casos, se explicitará su respaldo y fundamento, y se
indicarán las fuentes de información utilizadas.