REGLAMENTACION DE LA LEY DE PARTICIPACION PUBLICO PRIVADA




Promulgación: 26/01/2012
Publicación: 09/02/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 110
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.786 de 19/07/2011.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO SEXTO - DIÁLOGO COMPETITIVO

Artículo 59

 Negociaciones.

Durante el procedimiento de diálogo competitivo, la Administración Pública
contratante podrá mantener, con el o los interesados y en forma conjunta
y/o individual con cada uno de ellos, instancias de negociación con la
finalidad de obtener los insumos necesarios para confeccionar en los
estudios previos y bases de contratación definitivas a que refieren los
artículos 16 y 18 de la Ley N° 18.786, de 19 de julio de 2011, asegurando
el trato igualitario dispuesto en el artículo 20 de dicha Ley. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 280/012 de 24/08/2012 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 17/012 de 26/01/2012 artículo 59.
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