REGULACION DE NORMAS RELATIVAS A LA IMPORTACION DE SEMILLAS DE SOJA O GIRASOL EN REGIMEN DE ADMISION TEMPORARIA




Promulgación: 25/05/1983
Publicación: 13/06/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 747

Artículo 3

  A efectos de calcular la proporción establecida en el artículo anterior,
se considerarán los rendimientos de las semillas que se importen, de
acuerdo a los análisis que realice el Laboratorio Tecnológico del Uruguay,
y los precios internacionales de los aceites y de las harinas (expeller)
en el mercado de Chicago al último día de la semana anterior a la
liquidación.
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