FIJACION DE PRECIOS MINIMOS DE EXPORTACION




Promulgación: 10/02/1988
Publicación: 20/04/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 113
   Visto: los Precios Mínimos de Exportación de carácter provisional
fijados por el decreto 657/987 de fecha 4 de noviembre de 1987, para
la importación de papeles, cartones, cartulinas, etc.

   Considerando: conveniente la fijación de Precios Mínimos de Exportación
de carácter definitivo para algunos de los productos comprendidos en el
referido decreto.

   Atento: a lo dispuesto por los decretos 5/983 de 5 de enero de 1983
y 141/984 de 10 de abril de 1984 y a lo informado por la Comisión Asesora
creada por el primero de los citados decretos,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

      Fíjase a partir del vencimiento de los Precios Mínimos de
Exportación de carácter provisional fijados por el artículo 2º del
decreto 657/987 de fecha 4 de noviembre de 1987 y hasta el 9 de
octubre de 1988, los siguientes Precios Mínimos de Exportación de carácter
definitivo para los productos que se detallan:

ITEM NADI           PRODUCTO                   P.M.E.

48.01.11.05    Cartulinas y cartón Duplex  la ton. U$S 609,00 CIF
48.04.01.00    Cartulinas y cartones
               forrados                    la ton. U$S 609,00 CIF
48.07.01.31    Cartulina y cartón cromo    la ton. U$S 655,00 CIF

Cartulinas incluídas en el Item NADI
48.01.11.99                                la ton. U$S 609,00 CIF
Cartulinas incluídas en el Item NADI
48.04.89.99                                la ton. U$S 609,00 CIF
Cartulinas incluídas en el Item NADI
48.07.01.99                                la ton. U$S 655,00 CIF

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI - JORGE PRESNO HARAN
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