Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado que hubieran optado
por el régimen de anticipos del impuesto establecido en el literal b) del
artículo 1 del decreto 621/989 de 27 de diciembre de 1989 deberán
incrementar en un 5% (cinco por ciento) las cuotas que deban pagar desde
abril de 1990 a enero de 1991.