APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE UTE. EJERCICIO 1998




Promulgación: 08/07/1998
Publicación: 16/07/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 93
Referencias a toda la norma

Artículo 7

TRASPOSICIONES PRESUPUESTO DE INVERSIONES. Las inversiones se regularán
por las normas dispuestas en el Dto. No. 84/984 de 1o. de marzo de 1984 y
modificativos, excepto lo concerniente a trasposiciones de asignaciones
entre proyectos de un mismo programa y entre rubros de un mismo proyecto
para los que solo se requerirá la autorización del Directorio del
Organismo dando cuenta dentro de los 10 días subsiguientes a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y el Tribunal de Cuentas. El Directorio delega
tal función en la figura del Gerente General.
Las trasposiciones de asignaciones entre proyectos de distintos programas
y las modificaciones en las fuentes de financiamiento deberán ser
autorizadas por el Poder Ejecutivo previo informe de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y del Tribunal de Cuentas.
Las ampliaciones de proyectos ya incluídos en el Plan de Inversiones y las
incorporaciones de proyectos no previstos en el mismo deberán ser
autorizadas por el Poder Ejecutivo previo informe de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y Tribunal de Cuentas.
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