Decreto N° 179/977
FIJACION DE EXONERACIONES DEL IMPUESTO A LAS IMPORTACIONES, A DIVERSAS MERCADERIAS
Promulgación: 30/03/1977
Publicación: 13/04/1977
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1977
- Página: 524
Artículo 5
Las exoneraciones establecidas en este decreto se aplicarán únicamente a
las mercaderías que se importen sin recargo o con recargos de hasta el
10%.
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