NORMAS SOBRE INFORMACION Y PUBLICIDAD DE MEDICAMENTOS CAPITULO IV - MEDICAMENTOS DE DISPENSACION SIN RECETA OBLIGATORIA
Artículo 16
Quedan comprendidos en los alcances del artículo anterior todos los
productos farmaceúticos de uso medicinal, odontológico, cosmetológico y
dietético, incluídos en los artículos 3 y 4 del decreto 521/984 de 22 de
noviembre de 1984.