El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 80.
Artículo 11
Vencido el plazo de caducidad de las reclamaciones, el remanente se dividirá en la proporción del 50% (cincuenta por ciento) para el Ministerio de Interior, 25% (veinticinco por ciento) para el Poder Judicial y 25% (veinticinco por ciento) para la Fiscalía General de la Nación.