REGLAMENTACION DE LA LEY 19.884, RELATIVO A LA REDUCCION DE LA CONTRIBUCION INMOBILIARIA RURAL A DETERMINADOS PROPIETARIOS DE PADRONES RURALES. EJERCICIO 2020
De acuerdo a la declaración de emergencia agropecuaria, dicho beneficio aplicará para los siguientes Departamentos y Seccionales Policiales:
- Departamento de Montevideo: todas las seccionales.
- Departamento de Canelones: Seccionales 1ª a 30ª.
- Departamento de Lavalleja: Seccionales 1ª a 14ª.
- Departamento de Maldonado: Seccionales 1ª a 3ª y 5ª a 13ª.
- Departamento de San José: Seccionales 1ª a 11ª.
- Departamento de Colonia: Seccionales 2ª, 5ª, 6ª, 8ª, 16ª, 17ª, y 18ª.
- Departamento de Florida: Seccionales 2ª, 5ª, 6ª, 14ª a 16ª.
- Departamento de Rocha: Seccionales 1ª a 12ª.
- Departamento de Cerro Largo: Seccionales 1ª, 2ª, 4ª, 5ª y 12ª a 15ª.
- Departamento de Treinta y Tres: Seccionales 1ª a 3ª, 7ª, 9ª y 10ª.