REGLAMENTACION DE LA LEY 19.884, RELATIVO A LA REDUCCION DE LA CONTRIBUCION INMOBILIARIA RURAL A DETERMINADOS PROPIETARIOS DE PADRONES RURALES. EJERCICIO 2020




Promulgación: 29/06/2020
Publicación: 02/07/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.884 de 04/06/2020.

Artículo 2

   De acuerdo a la declaración de emergencia agropecuaria, dicho beneficio aplicará para los siguientes Departamentos y Seccionales Policiales:
-  Departamento de Montevideo: todas las seccionales.
-  Departamento de Canelones: Seccionales 1ª a 30ª.
-  Departamento de Lavalleja: Seccionales 1ª a 14ª.
-  Departamento de Maldonado: Seccionales 1ª a 3ª y 5ª a 13ª.
-  Departamento de San José: Seccionales 1ª a 11ª.
-  Departamento de Colonia: Seccionales 2ª, 5ª, 6ª, 8ª, 16ª, 17ª, y 18ª.
-  Departamento de Florida: Seccionales 2ª, 5ª, 6ª, 14ª a 16ª.
-  Departamento de Rocha: Seccionales 1ª a 12ª.
-  Departamento de Cerro Largo: Seccionales 1ª, 2ª, 4ª, 5ª y 12ª a 15ª.
-  Departamento de Treinta y Tres: Seccionales 1ª a 3ª, 7ª, 9ª y 10ª.
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