DE LA CAZA MENOR
Autorízase desde el 1º de abril al 31 de julio inclusive, del año en curso, la caza deportiva y el transporte, por el cazador, de la perdiz chica (Nothura maculosa) en todo el país, con excepción de los departamentos de Montevideo y Canelones. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 6 y 13.