FIJACION DE DISPOSICIONES PARA ABREVIAR TRAMITES EN MATERIA JUDICIAL PENAL




Promulgación: 08/04/1980
Publicación: 24/04/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 606

Artículo 2

   Cuando el Ministerio Público en lo Penal solicite ampliación en la
declaración de testigos, deberá especificar al Juzgado los puntos
concretos en que deben versar dichas ampliaciones.
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