VISTO: el artículo 12 del Decreto Nº 344/008 de 16 de junio de 2008,
reglamentario del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social.
CONSIDERANDO: conveniente realizar adecuaciones a la normativa citada.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA: