VISTO: el artículo 12 del Decreto Nº 344/008 de 16 de junio de 2008,
reglamentario del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social.
CONSIDERANDO: conveniente realizar adecuaciones a la normativa citada.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 344/008 de 16/07/2008
artículo 12 inciso 4º).