El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
(Cometidos). El Grupo de expertos tendrá como cometidos:
a) Asesorar sobre las medidas de control de la propagación de la plaga,
así como también definir el cordón sanitario que proteja los palmares
nativos de Rocha y Paysandú.
b) Asesorar sobre la efectividad de los tratamientos y las alternativas
de manejo de la plaga.
c) Brindar asesoramiento técnico especializado y orientar a las
instituciones en la toma de decisiones estratégicas durante la
implementación de las medidas de control.
d) Identificar posibles vacíos de información prioritarios sobre la
plaga, para ser abordados por agencias de cooperación y definir líneas
de investigación adicionales.