AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE LAS EMPRESAS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA




Promulgación: 15/05/1985
Publicación: 03/06/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1254
Referencias a toda la norma
   Visto: el decreto 467/983, de 2 de diciembre de l983, por el cual se
atribuye al Ministerio de Defensa Nacional la potestad de conceder
autorización de funcionamiento a las denominadas Empresas de Seguridad.

   Resultando: I) Que es un cometido esencial del Ministerio del Interior
el mantenimiento del orden público, al igual que la seguridad y la
tranquilidad en lo interior:

   II) Que atendiendo a ello dependen del mencionado Ministerio las
llamadas empresas de Vigilancia y Serenos Particulares, decreto de 26 de
junio de 1958.

   Considerando: I) Que resulta conveniente unificar en una sola
Secretaría de Estado el contralor de servicios similares, realizados por
particulares;

  II) Que habiéndose derogado el articulo 3º de la ley 14.068, de
Seguridad del Estado y Orden Interno de 10 de julio de 1972, por el
artículo 17 de la ley 15.737, de 8 de marzo de 1985, se han modificado los
fundamentos legales que dieran lugar al decreto en cuestión.

   Atento: a lo dispuesto por los artículos 160 y 168 inciso 1º de la
Constitución de la República.

 El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,

                          DECRETA:

Artículo 1

    Derógase el decreto 467/983, de 2 de diciembre de 1983.

SANGUINETTI - CARLOS MANINI RIOS - MARIO FERNANDEZ - RICARDO ZERBINO
CAVAJANI - JUAN VICENTE CHIARINO - ADELA RETA - JORGE SANGUINETTI -
CARLOS JOSE PIRAN - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD -  SAMUEL VILLALBA - ROBERTO
VAZQUEZ PLATERO
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