REGLAMENTACION DEL ART. 43 DE LA LEY 18.362, RELATIVO A LA CREACION DEL PROGRAMA DE CONTRATACION PUBLICA PARA EL DESARROLLO




Promulgación: 28/06/2019
Publicación: 08/07/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 43.

SECCIÓN IV - PROCEDIMIENTO Y ADJUDICACIÓN

Artículo 17

   La CACI considerará los siguientes criterios al momento de evaluar las ofertas:

   i)   Mérito innovador de la propuesta. A estos efectos se considerarán
        los criterios de innovación definidos por la ANII y aquellos
        organismos que pudieran resultar idóneos de acuerdo con la
        necesidad a resolver.
   ii)  Adecuación de la propuesta de solución a las especificaciones
        funcionales y técnicas demandadas.
   iii) Evaluación del costo por el ciclo de vida del producto o
        servicio. El costo por ciclo de vida incluye todos los costos que
        pueden surgir durante el ciclo de vida del producto -el coste de
        compra y todos los costes asociados con su funcionamiento y hasta
        su reciclado final. Las externalidades -positivas y negativas-
        relacionadas con el producto deberán incluirse en la evaluación
        del costo antes referido.
   iv)  Participación y/o generación de capacidades nacionales en la
        innovación.
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