APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA CAJA NACIONAL DE AHORRO POSTAL. EJERCICIO 1974




Promulgación: 07/03/1975
Publicación: 21/03/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 8

   La Caja abonará a todos sus funcionarios una retribución anual complementaria por concepto del 13er. sueldo, por un importe equivalente
a la duodécima parte del monto percibido por el funcionario por concepto
de todas las remuneraciones sujetas a montepío en los doce meses anteriores al 1° de diciembre de cada año excepto el 13er. sueldo. Los aportes sociales correspondientes en su totalidad serán cargados al Rubro 6, Subrubro 61, "Cargas y Prestaciones servidas a organismos estatales y paraestatales".
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