LIQUIDACION DEL IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO. BEBIDAS DE ORIGEN NACIONAL Y EXTRANJERO




Promulgación: 29/06/1999
Publicación: 01/07/1999
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 1457

Artículo 3

 Fíjanse para los cigarrillos comprendidos en el Decreto Nº 276/985 de 3
de julio de 1985, el precio ficto, tasa e impuesto que se detallan a
efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente
al semestre julio - diciembre de 1999.
                                   FICTO     TASA     IMPUESTO
                                     $         %          $
Cigarrillos Decreto 276/985        7.81      66.5        5.19
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