ADMINISTRACION DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE CARRASCO "GENERAL CESAREO L. BERISSO". INTRODUCCION DE MODIFICACIONES EN RELACION AL CRONOGRAMA DE OBRAS. REGIMEN DE GESTION INTEGRAL
Sustitúyese el numeral (1º) "Capacidad técnico-operativa", del Numeral
2.1.1 "Condiciones de selección y contratación", de la Sección 2
"OPERADOR AEROPORTUARIO", del "REGIMEN DE GESTION INTEGRAL", el que
quedará redactado de la siguiente forma: "(1º) Capacidad
técnico-operativa.
El Operador Aeroportuario deberá contar con experiencia en Gestión
Integral y operación de Aeropuertos con una capacidad mínima de 40.000
Toneladas de carga y 2:400.000 de pasajeros al año, en un período no
inferior a 8 (ocho) años dentro del período 1992-2002. Todo lo cual
deberá estar debidamente certificado por la Autoridad Aeronáutica del
país sede del/los aeropuertos de que se trate. Dicha certificación deberá
presentarse debidamente legalizada y traducida en su caso.
Para el caso de una empresa "holding" o controlante, se tomarán en cuenta
los antecedentes técnico-operativos de la empresa subsidiaria o
controlada que los posea, siempre que se asegure la participación de esta
última en el aporte efectivo de la experiencia técnica y operativa
mediante un contrato específico con validez para todo el plazo de
contratación del Operador Aeroportuario.