APLICACION DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL BPS




Promulgación: 30/06/1999
Publicación: 08/07/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 1464
VISTO: Lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto 382/998 de 24 de
diciembre de 1998;

RESULTANDO: Que el referido artículo dispone la aprobación por el Poder
Ejecutivo del Manual de Procedimientos para la aplicación de las normas
del Decreto;

CONSIDERANDO: I) Que el Banco de Previsión Social es el organismo
encargado de la puesta en práctica de la normativa aprobada por el
Decreto 382/998, y por lo tanto el más indicado para aprobar el Manual de
Procedimientos correspondiente;

II) Que la referida Institución debe disponer a su vez, de una forma ágil
que le permita ajustar el referido Manual de acuerdo a la realidad
organizativa de sus nuevos procesos;

ATENTO: A lo precedentemente expuesto

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 382/998 de 24/12/1998 
artículo 23.

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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