APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 2001




Promulgación: 29/05/2001
Publicación: 04/06/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1472
Referencias a toda la norma

Artículo 22

 El Directorio otorgará una prestación a los funcionarios a los efectos 
de compensar el gasto de comidas fuera del hogar.
La misma se generará día a día, se liquidará por treinta días y a los 
efectos de su importe y ajuste se estará a lo dispuesto por el Poder 
Ejecutivo.
Dicha prestación no se liquidará al funcionario en los días que el mismo 
falte a sus tareas, haga uso de la licencia extraordinaria sin goce de 
sueldo o esté suspendido.
Esta prestación diaria no se tendrá en cuenta a los efectos de lo 
dispuesto por el artículo 17º.
Ayuda