Los permisos de caza deberán gestionarse en las respectivas Intendencias
Municipales. Dichos permisos se ajustarán a las siguientes condiciones:
a) Serán otorgados previa exhibición de documento que acredite la
identidad del solicitante;
b) Serán personales e intransferibles;
c) Tendrán validez solamente por el término de 30 (treinta) días; y
d) Constará la individualización de marca y número de las armas a
utilizarse.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la Intendencia Municipal
de Montevideo podrá expedir autorizaciones de caza, para cualquiera de los
demás departamentos de la República girando a las respectivas
Intendencias, en su momento lo recaudado por tal concepto. (*)