INCREMENTO DE LAS ASIGNACIONES DE JUBILACIONES Y PENSIONES. ABRIL 1990




Promulgación: 26/04/1990
Publicación: 05/06/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 425

Artículo 6

    Fíjase la asignación mínima de pensión para las acordadas por el
régimen anterior al Acto Institucional Nº 9, en N$ 13.743 (nuevos pesos
trece mil setecientos cuarenta y tres) mensuales nominales. En caso de
concurrencia de beneficiarios, a cada uno de ellos le corresponderá como
mínimo la parte proporcional de dicha asignación.
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