El crédito presupuestal autorizado dentro del objeto 299.700 - "Contratación de Trabajos Externos" tendrá por finalidad atender erogaciones originadas por sustitución de trabajos actuales del BROU, y podrá utilizarse con la debida fundamentación y previa autorización del Directorio. No obstante su carácter no limitativo, su monto total utilizado no podrá superar el 80% del importe abonado por los conceptos que sustituye la contratación externa.
Los ajustes que se originen por su utilización deberán ser comunicados a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 21º, 23º y 24º de estas normas, detallando los mismos con su justificación técnica y económica.