MODIFICACION DEL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL. APROBACION DEL REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE DISPOSICIONES PARA ENVASES, REVESTIMIENTOS, UTENSILIOS, TAPAS Y EQUIPAMIENTOS METALICOS EN CONTACTO
CON ALIMENTOS. DEROGACION DE LAS RES. GMC N° 27/93, 48/93 Y 30/99
Modifícase el Artículo 12.3.1 de la Sección 3 - Disposiciones
particulares para materiales metálicos- del Capítulo 12 - Materiales en
contacto con alimentos-, del Reglamento Bromatológico Nacional, aprobado
por Decreto N° 315/994 de 5 de julio de 1994: el que quedará redactado de
la siguiente manera: (*)