EXCEPCION A LA PROHIBICION DE LA CAZA NOCTURNA DISPUESTA EN EL DEL ART. 3° DEL DECRETO 164/996




Promulgación: 01/07/2024
Publicación: 08/07/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   Autorízase la realización de las referidas actividades de caza exclusivamente con armas de fuego con dispositivos de visión apropiada.
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