En los períodos en que las Jefaturas de Misiones ante la República
Francesa y ante la Organización de las Naciones Unidas para la Educación,
la Ciencia y la Cultura sean desempeñadas por Encargados de Negocios a.i.,
éstos cobrarán sus partidas de gastos de etiqueta, de conformidad con lo
dispuesto por el decreto de 18 de abril de 1980.