TRANSPORTE TERRESTRE - TRANSPORTE COLECTIVO - TRANSPORTE DE PASAJEROS - TRANSPORTE DE CARGA




Promulgación: 23/01/1990
Publicación: 23/03/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 35
Referencias a toda la norma

Artículo 5

   El Ministerio de Transporte y Obras Públicas será responsable de las
inspecciones técnicas, pudiendo realizarlas en forma directa o mediante
concesionarios.
Referencias al artículo
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