IVA. EXONERACIONES. CARNE DE AVE Y DE CERDO




Promulgación: 07/04/2008
Publicación: 14/04/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 808

Artículo 2

 Prorrógase por el período comprendido entre el 1º de abril al 30 de junio
de 2008, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las enajenaciones
de carne de cerdo con hueso, establecida en el artículo 2do. del decreto
528/2007 de 27 de diciembre de 2007 y con el mismo alcance establecido en
esa norma.

(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 318/008 de 30/06/2008 artículo 2.
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