VISTO: el artículo 349 de la ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007;
RESULTANDO: dicha norma introduce modificaciones a la ley N° 18.092, de 7
de enero de 2007, respecto del régimen de titularidad de inmuebles y
explotaciones agropecuarias;
CONSIDERANDO: necesario y conveniente adecuar las disposiciones contenidas
en la anterior reglamentación a las nuevas disposiciones legales, con el
objeto de facilitar la ejecución de la ley;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 168, numeral 4 de
la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 225/007 de 25/06/2007
artículo 2.
TABARE VAZQUEZ - ERNESTO AGAZZI - DANILO ASTORI - MARIA SIMON