Reglamentario/a de: Ley Nº 18.471 de 27/03/2009.
CAPÍTULO VIII - DE LAS SANCIONES
La COTRYBA determinará, en la resolución, la sanción o sanciones que en su concepto corresponda para cada infracción, teniendo en cuenta los antecedentes personales, circunstancias agravantes y atenuantes del responsable, que concurran en el hecho.