Visto: lo dispuesto por el literal b) del artículo 13 del decreto 666/979 de 19 de noviembre de 1979. Considerando: conveniente dispensar el mismo régimen tributario para todos los fertilizantes importados, El Presidente de la República DECRETA:
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 666/979 de 19/11/1979 artículo 13 literal b).
Comuníquese, publíquese, etc.
MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI