FIJACION DE EXONERACIONES TRIBUTARIAS PARA IMPORTACIONES DE MAQUINARIAS DESTINADAS A LA INDUSTRIALIZACION DE HILADOS DE LANAS




Promulgación: 13/04/1977
Publicación: 28/04/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 609
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Las firmas industriales beneficiadas por las franquicias del presente
decreto deberán acreditar fehacientemente ante el Laboratorio Tecnológico
del Uruguay las exportaciones realizadas en cumplimiento de lo exigido por
las referidas disposiciones para obtener el certificado correspondiente a
efectos de ser presentadas ante las oficinas encargadas de la percepción
de los tributos exonerados.
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