REDUCCION DEL GASTO PUBLICO. AJUSTE DE CREDITOS PRESUPUESTALES. UTILIZACION DE VEHICULOS OFICIALES Y TELEFONIA CELULAR




Promulgación: 27/05/2003
Publicación: 03/06/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 1172
VISTO: lo dispuesto en el inciso primero del artículo 7 del Decreto 
69/002 de 27 de febrero de 2002;

RESULTANDO: que la norma citada prevé que toda renovación de contrato de 
arrendamiento otorgado por el Estado en calidad de arrendatario deberá 
contar con informe previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a 
cuyos efectos se le remitirá la documentación pertinente con ciento 
veinte días de anticipación al vencimiento del contrato;

CONSIDERANDO: I) que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial 
y Medio Ambiente arrienda fincas a particulares a fin de realojar 
familias que habitan en zonas con alto índice de contaminación con 
plomo;

II) que los mencionados realojos deben realizarse con la mayor celeridad 
posible para que dichas familias no continúen expuestas a los efectos 
nocivos de la contaminación;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                    actuando en Consejo de Ministros;                     
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 69/002 Derogada/o de 27/02/2002 
artículo 7 inciso final.

BATLLE - GUILLERMO STIRLING - DIDIER OPERTTI - ALEJANDRO ATCHUGARRY -YAMANDU FAU - LEONARDO GUZMAN - LUCIO CACERES - JUAN BORDABERRY - SANTIAGO PEREZ DEL  CASTILLO - CONRADO BONILLA - GONZALO GONZALEZ - SAUL IRURETA


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