Las precitadas retribuciones serán atendidas con los créditos
habilitados a esos efectos en el Inciso 02 "Presidencia de la República",
Programa 005 "Regulación y Control de los Servicios de Comunicaciones"
Unidad Ejecutora 009 "Unidad Reguladora de los Servicios de
Comunicaciones (URSEC) y financiadas con Recursos con Afectación Especial
(Financiación 1.2).