Modifícanse disposiciones sobre avalúo de inmuebles del Activo Fijo, estableciéndose fechas de ingreso al patrimonio para la fijación de coeficientes, enajenación de inmuebles en la categoría Industria y
Comercio y se deroga el Decreto de 9 de agosto de 1962, referente a la revaluación de inmuebles a los efectos del impuesto sustitutivo del de herencias.
Artículo 10
Literal b) modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto Nº
168/971 de 25/03/1971 artículo 5.