APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO. UTE. EJERCICIO 1987




Promulgación: 02/03/1988
Publicación: 18/04/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   Las trasposiciones entre rubros de un mismo Programa, así como las trasposiciones entre rubros de distintos programas serán aprobadas por el Directorio de la Administración y comunicados a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.

   Las trasposiciones quedarán reguladas por las siguientes normas:

   a) Los rubros O "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas 
      Legales sobre Servicios Personales" y el subrubro 7.5 
      "Transferencia a Unidades Familiares" de rubro 7 "Subsidios y Otras 
      Transferencias" no podrán reforzarse con otros rubros, ni servir 
      como rubros reforzantes.

   b) Los renglones del rubro 0 "Retribución de Servicios Personales" no 
      podrá reforzarse entre sí ajustándose a las condiciones siguientes:

       1 - Que sólo se trasponga hasta el monto del crédito disponible y 
           no comprometido.

       2 - Los renglones de los subrubros 01, 02 y 03 no podrán 
           reforzarse entre sí ni ser reforzados por los renglones de 
           otros subrubros ni servir como reforzantes.

   c) Los rubros 7 "Transferencias" y 8 "Desembolsos Financieros" no 
      podrán servir como reforzantes.

   d) Los rubros 2 "Materiales y Suministros", 3 "Servicios no 
      Personales" y 4 "Maquinaria, Equipo y Mobiliario Nuevo" podrán 
      reforzarse entre sí.

   e) El rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado pero 
      servirá para reforzar los restantes rubros salvo el 0, 1 y subrubro 
      7.5 del rubro 7.

   f) Las trasposiciones del rubro 9 "Asignaciones Globales" a los 
      restantes rubros (salvo) 1 y subrubro 7.5) podrán ser autorizados 
      durante el ejercicio o por intermedio de la Rendición de Cuentas 
      del Organismo.
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