Las trasposiciones entre rubros de un mismo Programa, así como las trasposiciones entre rubros de distintos programas serán aprobadas por el Directorio de la Administración y comunicados a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas.
Las trasposiciones quedarán reguladas por las siguientes normas:
a) Los rubros O "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas
Legales sobre Servicios Personales" y el subrubro 7.5
"Transferencia a Unidades Familiares" de rubro 7 "Subsidios y Otras
Transferencias" no podrán reforzarse con otros rubros, ni servir
como rubros reforzantes.
b) Los renglones del rubro 0 "Retribución de Servicios Personales" no
podrá reforzarse entre sí ajustándose a las condiciones siguientes:
1 - Que sólo se trasponga hasta el monto del crédito disponible y
no comprometido.
2 - Los renglones de los subrubros 01, 02 y 03 no podrán
reforzarse entre sí ni ser reforzados por los renglones de
otros subrubros ni servir como reforzantes.
c) Los rubros 7 "Transferencias" y 8 "Desembolsos Financieros" no
podrán servir como reforzantes.
d) Los rubros 2 "Materiales y Suministros", 3 "Servicios no
Personales" y 4 "Maquinaria, Equipo y Mobiliario Nuevo" podrán
reforzarse entre sí.
e) El rubro 9 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado pero
servirá para reforzar los restantes rubros salvo el 0, 1 y subrubro
7.5 del rubro 7.
f) Las trasposiciones del rubro 9 "Asignaciones Globales" a los
restantes rubros (salvo) 1 y subrubro 7.5) podrán ser autorizados
durante el ejercicio o por intermedio de la Rendición de Cuentas
del Organismo.