APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL - SEGUNDO PROTOCOLO ADICIONAL AL ACUERDO COMERCIAL Nº 21




Promulgación: 30/05/1984
Publicación: 15/06/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 901

Artículo 6

    De conformidad con lo dispuesto por la resolución 2 del Consejo
de Ministros, artículos 6º letra e), e incorporada en el artículo 14 del
Acuerdo, las preferencias que constan en el artículo 3º del presente
decreto, serán extendidas automáticamente en favor de las Repúblicas
de Bolivia, del Ecuador y del Paraguay con los mismos márgenes de
preferencia y condiciones a que refieren los artículos anteriores.
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