APROBACION DE MEDIDAS Y NORMAS PARA REDUCIR EL CONSUMO DE COMBUSTIBLES Y ECONOMIZAR ENERGIA EN SUS DIVERSOS USOS




Promulgación: 17/04/1979
Publicación: 23/04/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 584
Referencias a toda la norma

Artículo 2

              Cométese al Ministerio de Industria y Energía, el que al
efecto actuará a través del Grupo de Racionalización de la Energía
Industrial, creado por resolución del Poder Ejecutivo 570/974, la
ejecución de todas las medidas que se adopten para el ahorro de energía en
el sector industrial y las siguientes:

A)   Realizar a nivel de planta industrial inspecciones a fin de comprobar
     el estado actual de los servicios de generación y distribución de
     vapor y determinar las áreas que ofrecen posibilidad de economizar
     energía;

B)   Informar a las empresas industriales sobre el resultado de las
     inspecciones realizadas y recomendar a las mismas las medidas
     necesarias para la racionalización energética de las plantas
     industriales;

C)   Asesorar a las empresas industriales en la formulación de proyectos
     de racionalización de energía;

D)   Estudiar y aprobar los proyectos de racionalización energética que
     sean formulados por las empresas industriales y presentadas por éstas
     a aquellos efectos. dicha aprobación será necesaria para al concesión
     de los créditos a que se refiere el Considerando V;

E)   Realizar las tareas de seguimiento y control de la ejecución de los
     proyectos aprobados, los que podrán serán financiados con recursos
     propios de las empresas o con los créditos especiales que se concedan
     al efecto. El Ministerio de Industria y Energía deberá mantener
     permanentemente informado al Poder Ejecutivo en todo lo atinente al
     cumplimiento de los cometidos asignados.
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