Cométese al Ministerio de Industria y Energía, el que al
efecto actuará a través del Grupo de Racionalización de la Energía
Industrial, creado por resolución del Poder Ejecutivo 570/974, la
ejecución de todas las medidas que se adopten para el ahorro de energía en
el sector industrial y las siguientes:
A) Realizar a nivel de planta industrial inspecciones a fin de comprobar
el estado actual de los servicios de generación y distribución de
vapor y determinar las áreas que ofrecen posibilidad de economizar
energía;
B) Informar a las empresas industriales sobre el resultado de las
inspecciones realizadas y recomendar a las mismas las medidas
necesarias para la racionalización energética de las plantas
industriales;
C) Asesorar a las empresas industriales en la formulación de proyectos
de racionalización de energía;
D) Estudiar y aprobar los proyectos de racionalización energética que
sean formulados por las empresas industriales y presentadas por éstas
a aquellos efectos. dicha aprobación será necesaria para al concesión
de los créditos a que se refiere el Considerando V;
E) Realizar las tareas de seguimiento y control de la ejecución de los
proyectos aprobados, los que podrán serán financiados con recursos
propios de las empresas o con los créditos especiales que se concedan
al efecto. El Ministerio de Industria y Energía deberá mantener
permanentemente informado al Poder Ejecutivo en todo lo atinente al
cumplimiento de los cometidos asignados.