La Dirección de Contralor Legal expenderá certificados-guía, de
circulación de uva, únicamente a los viticultores que se hallen inscriptos
en el Registro de Empresas a que hace referencia el decreto 336/983, de 21
de setiembre de 1983, así como a las personas autorizadas a
representarlos.
Dicho documentos serán intransferibles pudiendo ser utilizados
únicamente para circular la uva del viticultor al que se le expidió y que
provenga del viñedo para el cual fue entregado.