PRORROGA DE EXONERACIONES DISPUESTAS POR DECRETO 505/976, PARA VEHICULOS DE LA CATEGORIA "A" INTRODUCIDOS EN CUMPLIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE ARMADO DE LOS AÑOS 1978 Y 1979




Promulgación: 20/04/1978
Publicación: 26/04/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 651
Referencias a toda la norma

Artículo 2

  Mantiénese para la enajenación de vehículos de la Categoría "A" 
correspondiente a los programas de armado de los años 1978 y 1979 la 
rebaja de tasa del impuesto al valor agregado dispuesto en el artículo 2.o 
del decreto 505/976 de 5 de agosto de 1976, con la redacción dada por el 
artículo 1.o del decreto 782/976 de 1.o de diciembre de 1976.

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