CREACION DEL REGISTRO DE FABRICANTES IMPORTADORES Y REPARADORES DE INSTRUMENTOS DE MEDICION




Promulgación: 29/06/1983
Publicación: 21/07/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 1060
Referencias a toda la norma

Artículo 11

   Los fabricantes importadores y reparadores de instrumentos de medición
inscriptos en el registro respectivo deberán conservar la documentación
que acredite el cumplimiento de los extremos exigidos en el presente
decreto en el domicilio declarado por la empresa ante la Dirección de
Metrología Legal.
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