El productor familiar habilitado, deberá completar el Formulario de Intención de Faena e indicar la o las especies, categorías y cantidades o cuotas con intención de faena, en un plazo no menor a 15 días hábiles previo a la fecha estimada de inicio de la faena.
Las cantidades o cuotas habilitadas de faena para cada predio serán autorizadas por la Dirección General de la Granja del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca.
A tales efectos, se autorizará una faena máxima anual que no superará las cantidades de animales que se detallan a continuación: