VISTO: la necesidad de reglamentar las disposiciones contenidas en la Ley
Nº 17.659 de fecha diecinueve de junio de 2003.
RESULTANDO: I) que la referida norma ha creado un permiso de residencia,
estudio y trabajo para los nacionales brasileños residentes en las
localidades fronterizas de:
1) Chuy, 18 de Julio, La Coronilla, Barra de Chuy (Uruguay) - Chuí, Santa
Vitória do Palmar/Balneário do Hermenegildo y Barra do Chuí (Brasil).
2) Río Branco (Uruguay) - Jaguarao (Brasil)
3) Aceguá (Uruguay) - Aceguá (Brasil)
4) Rivera (Uruguay) - Santana do Livramento (Brasil)
5) Artigas (Uruguay) - Quaraí (Brasil)
6) Bella Unión (Uruguay) - Barra do Quaraí (Brasil)
II) que a las referidas personas se les otorgará el derecho a obtener un
Documento Especial de Fronterizo que acredite la calidad de tal.
III) que de acuerdo a los preceptos normativos de la ley de referencia,
es necesario reglamentar las características técnicas del Documento
Especial de Fronterizo, vigencia y costo del mismo.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado en el Art. 168
Num. 4º de la Constitución de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
La Dirección Nacional de Migración concederá el Documento Especial de
Fronterizo, a quien acredite tal condición, en el que constará la calidad
de fronterizo, vigencia y la localidad donde está autorizado a ejercer
los derechos que le otorga la ley.
El referido documento tendrá las siguientes características:
Formato: 8,5 x 5,4 cm.
Tintas:
- Al frente cinco tintas offsett.
- Las tintas serán de seguridad reactivas a solventes.
- Impresión de seguridad de texto en microletra.
- Las numeradoras serán impresas en tinta virable.
- Al dorso a cuatro tintas offsett.
- Las tintas serán de seguridad reactivas a solventes.
Como elemento de reacción, se imprimirá un sector con tinta plata. Con el
fin de incrementar las condiciones de seguridad gráficas, se le
incorporará a esta tinta plata la propiedad de fluorescencia a la luz
ultravioleta.
Numeración: Las numeradoras serán impresas en tina virable.
Presentación: Plegados en continuo (Fanfold) para su mejor control.
Papel: Papel de seguridad de 130 grs. con marca de agua de diseño y uso
exclusivo de Garino Hnos. S.A. - fabricado por Arjo Wiggin -San Pablo-
Brasil. Está sensibilizado en la masa con reacciones a solventes y
decolorantes acuosos, así como a otros tipos de agentes químicos que
evidencian maniobras de ataque al sustrato.
Contiene fibrillas visibles a la luz natural y también invisibles al ojo
humano pero visibles bajo la luz de Wood (UV).
La vigencia del Documento Especial de Fronterizo será de 5 años,
prorrogable por igual período, terminado el cual podrá ser concedida por
tiempo indeterminado.
La Dirección Nacional de Migración percibirá por la presentación de la
solicitud del permiso de Residencia, Estudio y Trabajo, que habilita la
expedición del Documento Especial Fronterizo el valor equivalente a 2,1
UR.-