MODIFICACION DEL DECRETO 196/010 RELATIVO A LA CONFORMACION Y ACTUACION
DE UN EQUIPO MULTIDISCIPLINARIO Y ESPECIALIZADO EN IDENTIDAD DE GENERO Y
DIVERSIDAD SEXUAL
VISTO: La forma de integración de la Comisión creada por el art. 4° inc.
4° de la Ley 18.620, dispuesta por lo establecido en el Decreto de Poder
Ejecutivo Nro. 196/2010.
RESULTANDO: I) Que en el mencionado Decreto, se establece una integración
de tres miembros, con las calidades de Médico Psiquiatra, Psicólogo y
Asistente Social.
CONSIDERANDO: I) Que conforme a lo dispuesto en la ley precitada, no es un
requisito ineludible la calidad de Médico Psiquiatra, sino que los
integrantes de la Comisión deben ser personas con notoria idoneidad en
identidad de género y diversidad.
II) Que la redacción brindada por el decreto precitado, en su art. 1,
deviene restrictiva de los alcances establecidos en la ley 18620.
III) Que resulta necesario y adecuado, brindar la posibilidad de una
integración plena de dicha Comisión Asesora.
ATENTO: a lo antes expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 196/010 de 21/06/2010
artículo 1.