APROBACION DE LA RESOLUCION GMC 54/02. REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA EMPRESAS ESPECIALIZADAS EN LA PRESTACION DE SERVICIOS DE DESINFESTACION, DESINFECCION, HIGIENIZACION Y LIMPIEZA




Promulgación: 30/07/2014
Publicación: 06/08/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 134
VISTO: la Resolución GMC N° 54/02 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;

RESULTANDO: que por la misma se aprobó, el documento denominado
"Reglamento Técnico MERCOSUR para empresas especializadas en la prestación
de Servicios de Desinfestación, Desinfección, Higienización y Limpieza";

CONSIDERANDO: I) que es necesario establecer las condiciones para las
empresas que prestan servicios de desinfestación, desinfección,
higienización y limpieza, en la región;

II) que según lo dispuesto en el Artículo 38 del Protocolo Adicional al
Tratado de Asunción sobre la estructura institucional del MERCOSUR -
Protocolo de Ouro Preto - aprobado por la Ley N° 16712 de 1° de setiembre
de 1995, establece que los Estados Parte se comprometen a adoptar todas
las medidas necesarias, para asegurar en sus respectivos territorios el
cumplimiento de las normas emanadas de los órganos correspondiente,
previstos en el Artículo 2 del referido Protocolo;

III) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la
República en el Protocolo mencionado, poniendo en vigencia en el Derecho
positivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en
el VISTO;

IV) que la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública,
no formula objeciones a lo solicitado;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 9.202
- Orgánica de Salud Pública - de 12 de enero de 1934 y concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Adóptase la Resolución GMC N° 54/02 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR,
por la cual se aprobó el "Reglamento Técnico MERCOSUR PARA EMPRESAS
ESPECIALIZADAS EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE DESINFESTACIÓN,
DESINFECCIÓN, HIGIENIZACIÓN Y LIMPIEZA", que se adjunta al presente
Decreto como Anexo (*) y forma parte integral del mismo.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

JOSÉ MUJICA - SUSANA MUÑIZ - LUIS PORTO - ROBERTO KREIMERMAN
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