CAPÍTULO IV - DE LA COMISIÓN ASESORA EN EDUCACIÓN TERCIARIA Y UNIVERSITARIA POLICIAL Y MILITAR
Artículo 16
(Creación y cometidos). Créase la Comisión Asesora en Educación Terciaria y Universitaria Policial y Militar en el ámbito del Ministerio de Educación y Cultura, que tendrá como cometido asesorar, con carácter previo y no vinculante, a la referida Secretaría de Estado en las solicitudes de reconocimiento de nivel académico y de modificaciones de los diseños curriculares de carreras terciarias presentadas por las instituciones educativas dependientes de los Ministerios del Interior y Defensa Nacional, así como en toda otra ocasión que le sea requerido. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 31/024 de 29/01/2024 artículo 2.
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 221/018 de 16/07/2018 artículo 16.